AUTORIDAD EN LAS AULAS
Tras el anuncio de la Presidenta madrileña de que la Comunidad de Madrid prepara una “Ley de Autoridad del Profesor “ para que los docentes sean considerados autoridad pública, igual que jueces o policías, el pasado día 19 y bajo el título “AGUIRRE SUBE A LOS MAESTROS A LA TARIMA”, ironizaba de esta manera el diario “El Pais” : “Primero una ley para que los profesores se conviertan en autoridad pública y ahora tarimas en las aulas para los maestros. Es el nuevo anuncio que ayer hizo la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, que aseguró que extenderá a las clases de los colegios públicos el escalón que eleva las mesas de los docentes por encima de las de los estudiantes […]” Para más adelante concluir: “[…]Porque los expertos en educación consultados explican que recuperar las tarimas no tiene ningún tipo de consecuencia relevante en materia pedagógica y que el problema de la falta de autoridad es más complejo[…]”.
Sí, más complejo; tan complejo para los expertos pedagogos como lo fue aquella máxima que ellos mismos acuñaron hace ya algunas décadas: “Educar sin reprimir”. Ése era por aquel entonces el mensaje. Y por entonces, como las tarimas tampoco parecían “relevantes”, fueron eliminadas por su irrelevancia que es la misma que ahora se esgrime para lo contrario. La enseñanza debía hacerse de forma que maestro y discípulo estuviesen en idéntico plano. Una enseñanza desde los pasillos, con tuteo por delante y entre “colegas”. ¿Y qué mayor igualdad que gobernar conjuntamente?. Ninguna. Así la Constitución del 78 consagró la entrada de los padres de alumnos en los colegios, en lo que el artículo 27 denominaba “control y gestión” de los centros, con el desarrollo de la LEY ORGÁNICA 5/1980 DE CENTROS ESCOLARES, cuya innovación entre otras era “El Consejo de Dirección” del que pasaban a formar parte padres y alumnos, además de docentes. Por si ello fuera poco, el PSOE, en plena vorágine de mayoría absoluta, machihembró el progresismo en las aulas con la “LEY ORGÁNICA 8/1985 REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN, donde el prólogo fijaba claramente la posición: “[…]Sin embargo, el desarrollo que del artículo 27 de la Constitución hizo la “Ley Orgánica del Estatuto de centros escolares”, ha supuesto un desarrollo parcial y escasamente fiel al espíritu constitucional,[…] al privilegiar desequilibradamente los derechos del titular del centro privado sobre los de la comunidad escolar, supeditando la libertad de cátedra al ideario e interpretando restrictivamente el derecho de padres, profesores y alumnos a la intervención en la gestión y control de los centros sostenidos con fondos públicos [...]”, creando los Consejos Escolares, a través de los que los padres de alumnos y los propios discentes participaban en el gobierno del centro: las APAS intervenían así en los asuntos académicos y pasaban a regir las “actividades” extraescolares. Una sola vez acudí a una reunión de padres de alumnos en el instituto donde estudiaba mi hija. No recuerdo ahora el orden del día de la convocatoria. Tuve entonces la ocasión de enterarme de cómo el instituto disponía de psicólogo que era quien te decía lo que tenías que hacer con tu niño si no estudiaba y cosas así. Había por allí padres que estaban muy al tanto del asunto porque los problemas psicológicos eran por lo visto muchos entra la muchachada estudiantil. En un momento dado, creo que dentro del turno de ruegos y preguntas, se levanta un fulano, y con total dominio de la situación, y dirigiéndose a la mesa, les espeta: “¿Para cuándo la llegada del sexólogo?”. Miré atónito a mi mujer. Nos entendimos sin dirigirnos la palabra, nos levantamos y nos fuimos de allí. Fue la primera vez…y la última.


